El Seguro de Vida Ley en Perú es un seguro obligatorio que los empleadores deben contratar a favor de sus trabajadores desde el inicio de la relación laboral. Este seguro está regulado por el Decreto Legislativo N° 688 y sus modificatorias

Cobertura del Seguro de Vida Ley:
- Muerte natural: 16 remuneraciones asegurables.
- Muerte accidental: 32 remuneraciones asegurables.
- Invalidez total y permanente: 32 remuneraciones asegurables2.
Beneficiarios:
Los beneficiarios del seguro son:
- Cónyuge o conviviente.
- Descendientes.
- En ausencia de los anteriores, los padres y hermanos menores de 18 años2.
Procedimiento:
- Contratación: El empleador debe contratar el seguro desde el primer día de trabajo del empleado.
- Registro: Los contratos deben ser registrados en el Sistema Virtual del Registro Obligatorio de Contratos de Seguro Vida Ley1.
- Indemnización: En caso de siniestro, la compañía de seguros paga la indemnización a los beneficiarios declarados en la póliza2.
Importancia:
Este seguro proporciona una protección económica a los familiares del trabajador en caso de fallecimiento o invalidez, asegurando un alivio financiero en momentos difíciles3.
1: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP 3: La República
Seguro Vida – Ley
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